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Preguntas
Una correduría es una empresa que actúa como intermediaria entre el cliente y las aseguradoras, ayudando a encontrar las opciones de seguros que más se adapten a las necesidades de los clientes.
El asegurado como consumidor de seguros tiene el derecho de elección de la aseguradora con la que desee trabajar.
Ofrece asesoramiento personalizado, compara varias aseguradoras y gestiona trámites en caso de siniestro.
Sí, ofrecemos asesoría especializada para contratar una amplia variedad de seguros, para personas, empresas y autoexpedibles. Además, brindamos acompañamiento en todo el proceso de selección, contratación y seguimiento, para que el cliente obtenga la póliza que mejor se adapta a sus necesidades.
Sí, correcto, seguimos siendo parte del Conglomerado Financiero Banco Popular.
Como se realiza en cada renovación de las pólizas colectivas, se negocia con el ente asegurador, condiciones y tarifas. De momento no existen variaciones; en el caso de presentarse se estará comunicando oportunamente a los asegurados.
No, el proceso continúa igual.
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Nosotros lo visitamos en su casa u oficina, para lo cual ponemos a su disposición los siguientes medios de contacto:
Teléfono: 2104-5698
Correo: popularseguros@bp.fi.cr
Whatsapp: 8815-0782
Es la suma que la aseguradora deduce del monto a pagar al momento de indemnizar una pérdida. Es decir, es la participación del asegurado en caso de un siniestro.
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La aseguradora tomará la última planilla presentada para calcular la prima del seguro; cabe destacar que los siniestros de trabajadores que no fueron reportados en este mes no se amparan.
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Los requisitos son:
• Copia de la cédula de identidad por ambos lados de la persona que tiene el padecimiento.
• Formulario de autorización para la revisión de expediente médico.
• Documentos que respalden el diagnóstico de la enfermedad.
Los requisitos son:
• Copia de la cédula de identidad por ambos lados de la persona fallecida.
• Copia de la cédula de identidad por ambos lados de la persona que presenta el reclamo.
• Formulario de autorización para la revisión de expedientes médicos.
• Certificado de defunción que indique las causas de la muerte.
A cualquier sucursal del Banco Popular, se presenta a llenar los formularios y posteriormente los funcionarios del banco envían el trámite a estudio de la División Nacional de Tarjetas. Una vez que el análisis esté completo, remiten los documentos a Popular Seguros para que sean enviados a la aseguradora.
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El accidente debe ser comunicado a la aseguradora en un plazo máximo de 10 días hábiles y se debe presentar por lo menos uno de los siguientes documentos: boleta de citación, parte oficial de tránsito, aviso de accidente, referencia médica del hospital donde fue atendido. Además, se debe aportar el nombre y calidades de las personas afectadas y la tarjeta de circulación del vehículo implicado o en su defecto el número de placa.
Debe poner la denuncia ante el organismo de investigación judicial (OIJ). Además, si tiene un seguro de automóviles, con la cobertura F (Robo y Hurto), entonces debe comunicar a la aseguradora sobre lo sucedido; lo puede realizar por medio de Popular Seguros.
En caso de accidente, lo primero que usted debe hacer es llamar al número definido por la aseguradora para estos casos, por ejemplo: INS 800-800-8000.
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La revisión y análisis ante la aseguradora tarda 30 días hábiles para la aceptación del trámite.
La modalidad de pago es a mes vencido.
No hay una fecha exacta, los pagos se tramitan en el transcurso de cada mes.
Debido a que la aplicación del pago la realiza el Banco Popular directamente, no se emite comprobante.
Se debe presentar cada 3 meses.
Los pagos de la aseguradora se estarían aplicando a los meses que queden pendientes, siempre y cuando el cliente se encuentre desempleado.
La suspensión del beneficio aplica cuando:
El tiempo máximo para que un reclamo prescriba es de 4 años.
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• Copia de la cédula de identidad por ambos lados de la persona fallecida.
• Copia de la cédula de identidad por ambos lados de la persona que presenta el reclamo.
• Certificado de defunción original con sus respectivos timbres y causas de muerte, emitido por el Registro Civil.
• Formulario de revisión de expediente médico.
• Boleta de beneficiarios designados en vida.
• Copia de la cédula de identidad por ambos lados de la persona que fue diagnosticada con invalidez.
• Formulario de revisión de expediente médico.
• Certificado de la comisión calificadora de la invalidez de la CCSS
• Copia de la cédula de identidad por ambos lados de la persona que fue diagnosticada con invalidez.
• Formulario de revisión de expediente médico.
• Una carta emitida por la CCSS donde se indique las razones por las cuales el asegurado no es candidato a una pensión por invalidez y el motivo de ello.
• Copia de la cédula de identidad por ambos lados de la persona que fue diagnosticada con invalidez.
• Formulario de revisión de expediente médico.
• Copia del dictamen médico legal, con sellos originales e indicar las calidades del exfuncionario del Poder Judicial el cual fue pensionado y el porcentaje de invalidez.
• Copia de la cédula de identidad por ambos lados de la persona que fue diagnosticada con invalidez.
• Formulario de revisión de expediente médico.
• Certificado de incapacidad del Magisterio.
Cubren tanto al deudor como al codeudor, siempre y cuando se cobre la póliza en la operación de crédito. En la actualidad la cobertura no aplica para fiadores.
El tiempo máximo para que un reclamo prescriba es de 4 años.
San José, Club Unión, segundo piso.
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Recuerde que las pólizas son un seguro de vida y nos encantaría acompañarlo y estar para usted en caso de una emergencia
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