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¿En qué consiste este seguro?

Es un seguro de asistencia al viajero que le protege mientras estás fuera del país. Se trata de una cobertura integral, que ofrece una amplia variedad de beneficios a un precio muy competitivo. Puede adquirirlo fácilmente a través del canal digital o en todas las oficinas del Banco Popular

¿Por qué elegir este seguro?

Porque ofrece una protección integral en cualquier parte del mundo, con beneficios que realmente marcan la diferencia, tales como: cobertura médica amplia, asistencia efectiva en situaciones difíciles, acompañamiento familiar incluido, repatriación y atención en emergencias por COVID-19, acceso a orientación médica vía videollamada (Teledoctor), además de ser fácil de contratar y utilizar.

Puede contar con opciones que lo protejan a usted y hasta 3 personas adicionales, según el plan que se ajuste a sus necesidades, con planes muy accesibles desde los ¢2.400 colones mensuales.

Es una gran opción para protegerse de un evento que es inevitable en nuestra vida y así contar con ese respaldo.

¿Hay algún requisito para contratar este seguro?

Ser cliente del Banco Popular, Tener entre 1 y 100 años o más, Cobertura vigente durante el viaje del asegurado, llenar la información de compra del seguro

Precio según cotización

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Preguntas frecuentes Seguro Autoexpedible Muvit

• Cobertura básica de muerte accidental durante el viaje
• Gastos de repatriación de restos mortales
• Gastos de repatriación sanitaria
• Gastos de hospedaje en hotel por accidente o emergencia médica
• Gastos de hospedaje en hotel por Covid 19
Coberturas adicionales para:
• Gasto médico por accidente y/o enfermedad
• Desmembramiento
• Gastos odontológicos de emergencia
• Gastos por medicamentos
• Gastos de traslado médico de emergencia
• Gasto de tiquete de ida y vuelta para un familiar por hospitalización
• Gastos de hospedaje para un familiar por hospitalización
• Traslado de menores de 15 años
• Teledoctor
• Gasto por pérdida de equipaje, cancelación del viaje, interrupción y demora de equipaje

Cubre durante el periodo del viaje en un 100%

Exclusiones Generales:
La Aseguradora no pagará indemnización bajo cualquier cobertura de la póliza, cuando sea atribuible directa o indirectamente, por o a consecuencia de alguno de los siguientes eventos o circunstancias:

1. Guerra civil o internacional, terrorismo, motín, huelga, movimiento subversivo o, en general, conmociones populares de cualquier clase.
2. Erupción volcánica, temblor de tierra o cualquier otro desastre natural.
3. Acción u omisión premeditada, intencional, por culpa grave o por descuido por parte del Asegurado o Tomador.
4. Condición preexistente.
5. Actos delictivos o el incumplimiento de la ley por parte del Asegurado o Tomador.
6. Riñas o peleas.
7. Lesiones que se produzcan por causa o como consecuencia del consumo de alcohol, estupefacientes, sustancias alucinógenas, drogas tóxicas o heroicas ingeridas voluntariamente por el asegurado, que no hayan sido por prescripción médica.
8. Enfermedades mentales.
9. Realización de una actividad que genere una agravación del riesgo, como: Las que requieran de medidas de seguridad o protección; aviación siempre y cuando no figure como pasajero de una línea comercial; utilización de motocicletas terrestres o acuáticas; portación de armas o actividades en las que se utilicen armas, municiones, explosivos o sustancias químicas; prestar servicios de seguridad, policiales, militares o guardia nacional.
10. Realización de deportes que generen una agravación de riesgo, como: paracaidismo, buceo, alpinismo, charrería, esquí, tauromaquia, espeleología, motonáutica y cualquier tipo de deporte aéreo, y en general por la práctica profesional de cualquier deporte.
11. Siempre que el pago de la cobertura, el beneficio o la reclamación que ofrece esta Póliza constituya una infracción de las resoluciones de las Naciones Unidas o las sanciones económicas y comerciales, las leyes o regulaciones locales, la Unión Europea, el Reino Unido, o los Estados Unidos de América.
12. Prohibiciones, regulaciones o intervenciones por parte de las autoridades de gobierno. Tampoco gozará de cobertura si la autoridad de gobierno emite una advertencia de no viajar al lugar de destino, a excepción de las advertencias de no viajar por COVID-19.
13. Propagación de una enfermedad contagiosa o virus que afecte al asegurado a consecuencia de enfermedades epidémicas o que provengan directa o indirectamente de una pandemia que haya sido declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), o bien, por la autoridad correspondiente de cualquier país, localidad o regiones afectadas, a excepción de COVID-19.

EXCLUSIONES ESPECÍFICAS:
1. La cobertura básica de Muerte Accidental durante un viaje no cubrirá infecciones o envenenamientos de cualquier origen, excepto cuando se demuestre que fue por causa accidental durante el viaje.
2. Las coberturas adicionales de: Gastos Médicos por Accidente y/o Enfermedad, Odontológicos de Emergencia, por Medicamentos y Traslado Médico de Emergencia no cubrirán:
a. Los siguientes tratamientos a menos que sean consecuentes de un accidente ocurrido durante un viaje: Programados, psiquiátricos y/o psicológicos, trastornos de enajenación mental, estados de depresión psíquico nervioso, neurosis psicosis cualesquiera que fueren sus manifestaciones clínicas, acné, intervenciones quirúrgicas de carácter estético o plástico, exámenes médicos para comprobación de salud o intervenciones de carácter preventivo, calvicie, obesidad o esterilidad, así como intervenciones quirúrgicas o tratamientos para el control de natalidad y sus complicaciones.
b. Afecciones propias del embarazo, incluyendo parto, cesárea, aborto y sus complicaciones, salvo que las afecciones surjan a consecuencia de un accidente ocurrido durante un viaje.
c. Afecciones de la columna vertebral, hernias o eventraciones, excepto si son a consecuencia de un accidente ocurrido durante un viaje.
d. Anomalías congénitas.
e. Anteojos, lentes de contacto, audífonos y exámenes para la prescripción de los mismos, a menos el deterioro de la visión o de la audición sea causado por accidente ocurrido durante un viaje, costo de reposición de aparatos ortopédicos y de prótesis.
f. SIDA, VIH y enfermedades de transmisión sexual.
3. Las Coberturas Adicionales de Gastos por Pérdida y Demora de Equipaje no cubrirán:
a. La pérdida de: animales; automóviles o equipos y/o partes de automóvil; cualquier vehículo de transporte y sus accesorios (excepto bicicletas cuando se registre como equipaje); menaje de casa; anteojos o lentes de contacto; dientes postizos o puentes dentales; audífonos; miembros proteicos; instrumentos musicales; dinero o títulos mobiliarios; billetes; dinero; documentos; artículos perecederos o de consumo; radios y bienes similares; objetos de arte; equipo electrónico.
b. Pérdidas o hurtos parciales de cualquier tipo.
c. Rotura o daños, desgaste natural o deterioro gradual.
d. Destrucción o expropiación por cualquier Gobierno, aduanas o agencias del gobierno.

Notificación y Requisitos
En caso de que el Asegurado y/o Tomador necesite reportar un evento o requiera conocer el estado de reclamos presentados, deberá comunicarse al (+506) 4404-1546 o por WhatsApp al +54 (911) 2472-6164. Cualquier evento que pueda ser motivo de indemnización deber ser notificado a la Aseguradora de forma inmediata.
Requisitos que se deben presentar en caso de reclamo:
1. Formulario de reclamación suministrado por la Aseguradora.
2. Fotocopia de la cédula de identidad del asegurado por ambos lados. En el caso de extranjeros deberá presentar fotocopia de documento válido de identidad o pasaporte de todas sus páginas.

Para la cobertura básica de Muerte Accidental en un viaje y las coberturas adicionales de Desmembramiento, Gastos Médicos por Accidente y/o Enfermedad, Gastos Odontológicos de Emergencia, Gastos por Medicamentos, Gastos de Traslado Médico de Emergencia, Gastos por Demora, Cancelación o Interrupción de Viaje además de los documentos señalados anteriormente deberá presentar:

1. Certificación del acta de defunción expedida por la autoridad competente del país o ciudad donde se dio el evento, en caso de fallecimiento.
2. Historia clínica.
3. Expediente médico del hospital donde fue tratado.
4. Recetas médicas emitidas por el médico tratante.
6. Demostrar fehacientemente que la causa del evento fue accidental o de enfermedad no preexistente.
7. Resultados de pruebas médicas.
8. Facturas electrónicas o facturas proforma con detalle de los gastos sobre los que se solicita el pago o reembolso.

Adicionalmente para las coberturas adicionales de gastos por demora, cancelación o interrupción de viaje se deberá presentar:

1. Los originales extendidos a nombre del asegurado de los recibos, boletas y facturas cuando corresponda, copia de los contratos de viaje, pasajes, vales de hotelería u otros documentos que acrediten el gasto incurrido y su cancelación o interrupción.
2. Carta explicativa con las razones de la interrupción y el resultado que obtuvo junto a la empresa con la cual el asegurado celebró el contrato de viaje, en la devolución de los valores pagados o adeudados.

Para las Coberturas Adicionales de Pérdida y Demora de Equipaje, además de los documentos señalados anteriormente deberá presentar:

1. Comprobantes originales de gastos por compras de efectos personales, en caso de que aplique.
2. Informe comprobante de la pérdida emitido por la Línea de Transporte (“Property Irregularity Report” o “PIR”) o su equivalente, que señale el peso en kilogramos del equipaje registrado extraviado, o la declaración por ítem contenido en el equipaje registrado.
3. Boleto original del registro del equipaje.
4. Denuncia presentada ante autoridades competentes por el robo de los bienes propiedad del Asegurado.
5. Copia del pasaporte.
6. Copia de tiquete de transporte.

Cualquier documento emitido en el extranjero deben entregarse con la certificación consular o el trámite de apostilla respectivo.

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